¿por qué contratar los servicios de un auditor?

La normativa contable y mercantil en aras de dotar de transparencia y fiabilidad a la información financiera que es requerida a cualquier entidad, empresa o negocio, establece que a dicha información le sea incorporado un informe de auditoría.

El informe de auditoría es un documento mercantil elaborado por un auditor o sociedad de auditoría tras revisar y verificar las cuentas de una Cia cuya finalidad es emitir una opinión sobre la fiabilidad de los documentos examinados.

 

Desde el momento en que existe una intervención impositiva de nuestro sistema regulador se corre el riesgo de confundir la auditoría con un requisito estéril y gravoso para la empresa y a veces se confunde al auditor de cuentas con otros profesionales impuestos por la Administración con un carácter eminentemente sancionador.

 

Como profesionales creemos firmemente que la información financiera transparente y fiable es imprescindible para la toma de decisiones. Es la propia empresa la primera beneficiada de la intervención de un auditor de cuentas en su negocio.

En una PYME la función del auditor de cuentas no es expresamente la de detectar el fraude sino, más bien la de alertar a la empresa de sus riesgos y practicas incorrectas y otorgar confianza a los accionistas sobre las actividades empresariales delegadas en cuadros de Dirección y gestión, en la mayoría de las veces, ajenos a la propiedad de la empresa.

 

El auditor de cuentas en su función profesional revisa la contabilidad, los procedimientos de control internos utilizados, la gestión financiera, y el cumplimiento normativo en general de multitud de empresas de diferentes sectores económicos. El auditor, además de ser un experto contable, adquiere por su experiencia una visión privilegiada del mundo empresarial que le capacita para poder aportar un valor añadido a la gestión.

 

Contratar una auditoría de cuentas puede ser una circunstancia obligada por ley o una potestad voluntaria de los Administradores en aras a garantizar la fiabilidad de sus cuentas.

OBLIGACIÓN DE AUDITAR

Existen varios supuestos por los que la ley obliga a auditar las cuentas anuales de una entidad,

se relacionan a continuación los más significativos:

  • 1

    Todas las empresas o entidades, cualquiera que sea su naturaleza jurídica, que superen, al menos dos de las circunstancias siguientes:
    a) El total de las partidas del activo superior a 2.850.000 euros
    b) El importe neto de su cifra anual de negocios superior a 5.700.000 euros
    c) El número medio de trabajadores empleados durante el ejercicio económico superior a50.

  • 2

    Auditorías requeridas por el Registrador Mercantil, a solicitud de socios que represente al menos el 5% del capital.

  • 3

    Entidades, cualquiera que sea su naturaleza jurídica y siempre que deban formular cuentas anuales conforme al marco normativo de información financiera que le sea aplicable, que hayan percibido ayudas de la Administración pública o Fondos Europeos por importe total acumulado superior a 600.000 euros.

  • 4

    Entidades que contraten con el sector público, cualquiera que sea su naturaleza jurídica y siempre que deban formular cuentas anuales conforme al marco normativo de información financiera que le sea aplicable, por un importe total acumulado de 600.000 euros.

AUDITORÍA DE SUBVENCIONES

Informe especial de cuenta justificativa de subvenciones
El Marco Normativo regulador de las ayudas públicas o subvenciones requiere, entre sus procedimientos de control económico, de la certificación especial emitida por un auditor de cuentas. Tanto la gestión y control de ayudas de Fondos Europeos, como nacionales o locales requieren de la intervención de un certificador que verifique la justificación de los gastos subvencionados
Revisamos, entre otros,
•    ayudas y subvenciones del CDTI en sus programas de fomento de I+D tanto en el apoyo financiero a proyectos de I+D como a la inversión en infraestructuras y desarrollo.
•    Programas de ayudas otorgadas por el Ministerio de Ciencia e Innovación.
•    Programas de ayudas otorgadas por el Ministerio de Sanidad
•    Gestión de Fondos Europeos destinados a proyectos de Educación, tecnológicos etc.
•    Ayudas y subvenciones otorgadas por Organismos de la Administración autonómica.

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Procedimiento a seguir para contratar una auditoría

 

  • Solicitar un presupuesto.

No existen dos empresas iguales por lo que, para poder calcular el coste de auditoría de su empresa debemos tomar en consideración todos los aspectos relevantes que nos permitan realizar una estimación horaria del servicio.

La propuesta de servicios profesionales identifica, además de los honorarios, todos aquellos requisitos y cautelas que por imperativo legal son necesarios para poder formalizar un contrato de auditoría de cuentas.

 

  • Firma del contrato o carta de encargo de los servicios en señal de aceptación de la propuesta de servicios presentada.

 

  • Si la auditoría es obligatoria será preciso un acuerdo de la Junta General para nombrar al auditor de cuentas. El nombramiento ha de realizarse por un periodo de tiempo determinado que no podrá ser inferior a tres años ni superior a nueve y debe acordarse antes de que finalice el primer ejercicio económico a auditar.

 

  • El auditor deberá entregar a la empresa la aceptación de su nombramiento por escrito y con legitimación notarial de su firma.

 

  • El nombramiento del auditor debe ser inscrito en el Registro Mercantil de la provincia para ello es necesario un certificado del acta de Junta General y el documento de aceptación emitido por el auditor de cuentas contratado.